México.- Esta mañana el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con el que se hace oficial la eliminación del fuero presidencial.

El decreto publicado en el DOF hace efectivas las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, donde ahora se establece que el Presidente de la República podrá ser juzgado por delitos que pueden ser imputados a cualquier ciudadano.

«Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana», señala el artículo 108.

Mientras el artículo 111 detalla que para iniciar el juicio contra el titular del Ejecutivo federal se debe acudir al Senado de la República.

«Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable», dice el artículo 111.

Previo a su publicación en el DOF, la eliminación del fuero presidencial fue aprobado por el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales.

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