La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) insaculó los interventores encargados del proceso de liquidación de los partidos políticos nacionales Encuentro Solidario (PES), Redes Sociales Progresistas (RSP) y Fuerza por México (FXP), puesto que no alcanzaron el 3% de la votación en las últimas elecciones.

Si el Tribunal decide que no procede la pérdida de registro, el partido podrá regresar a sus funciones y al interventor nomás le va a tocar hacer el informe.

En sesión extraordinaria realizó la insaculación, para que, de entre 68 especialistas, se seleccionara a los interventores que serán responsables del procedimiento de prevención y, en su caso, de liquidación de los partidos políticos.

En primera instancia fue insaculado para el Partido Encuentro Solidario, Álvaro Martín Bardales Ramírez; para Redes Sociales Progresistas, Sergio Francisco Hermida Guerrero y para Fuerza por México, Samuel Ricardo Egure Lascano.

No obstante, no lograron establecer contacto directo con ninguno de los tres, por lo que, al no estar disponibles se procedió con los siguientes especialistas en estricto orden de la lista correspondiente a cada urna, hasta lograr la aceptación de Héctor Alberto Romero Fierro, para Encuentro Solidario; Gerardo Sierra Arrazola, para Redes Sociales Progresistas y José Gerardo Badín Cherit, para Fuerza por México.

Ante representantes de los partidos políticos y acompañada de los Consejeros José Roberto Ruiz Saldaña, Jaime Rivera Velázquez y Uuc-kib Espadas Ancona, la presidente de la Comisión, Adriana Favela Herrera, instruyó a la Secretaría Técnica de la Comisión para que realizara las llamadas a los especialistas seleccionados en presencia de la Oficialía Electoral.

Explican que en dicha llamada debería hacerles de su conocimiento las facultades, obligaciones, condiciones de la contratación y oferta económica, además de que, en caso de que declinaran la oferta, se realizaría el mismo procedimiento de comunicación con el siguiente especialista que apareciera en la lista de cada urna, a partir del que haya resultado seleccionado, continuando así sucesivamente y regresando al principio en caso de que se llegue al final de la lista, hasta lograr la aceptación del cargo por parte de cualquiera de las personas.

De acuerdo con el artículo 97 de la Ley General de Partidos Políticos y 395 del Reglamento de Fiscalización, en la liquidación de los Partidos Políticos, los recursos con los que cuente cada instituto político en proceso de liquidación serán utilizados conforme a la siguiente graduación y prelación:

1. Se cubrirán las obligaciones que la ley determina en protección y beneficio de los trabajadores del partido en liquidación.

2. Se cubrirán las obligaciones fiscales que correspondan.

3. Se pagarán las sanciones administrativas de carácter económico impuestas por el Instituto.

4. Se atenderán otros compromisos contraídos y debidamente documentados con proveedores y acreedores, es decir los demás que no sean contemplados en los numerales 1. 2. y 3.; aplicando en lo conducente las leyes correspondientes, el Código Civil Federal y la Ley de Concursos Mercantiles.

5. En caso de existir remanente, los recursos en cuentas bancarias serán transferidos a la Tesorería de la Federación y tratándose de bienes inmuebles, se llevarán a cabo los trámites para ser transferidos al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.

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