El pasado miércoles entró en vigor la nueva ley que promueve la atención por parte de las empresas a empleados que presenten estrés, depresión, ansiedad, etc., y de no ser respetada, los patrones pueden afrontar multas de hasta 500 mil pesos.

La Norma Oficial Mexicana 035-STPS-2018 «Factores de riesgo psicosocial en el trabajo – Identificación, análisis y prevención», mejor conocida como NOM 035, entró en vigor el pasado miércoles 23 de octubre y su aplicación busca la reducción de estrés laboral, dejando lugar a multas de miles de pesos a las empresas que la incumplan.

Esta nueva ley obliga a toda empresa, ya sea pequeña, mediana o grande, a atender cualquier situación negativa en su personal, desde desórdenes de sueño y ansiedad, hasta el mencionado estrés, para reducir el su impacto y, en la medida de lo posible, erradicarlo o evitarlo.

La NOM 035 no especifica cuáles deberán ser las medidas preventivas, más bien determina que cada organización deberá crear su propia metodología para lidiar con estas situaciones, desde correcta comunicación, hasta análisis y solución. Lo que sí se menciona es justa definición de los horarios laborales y facilidades para atender emergencias familiares (que deberán ser comprobadas), entre otras cosas.

En caso de incumplimiento con lo estipulado por la nueva norma, la Ley Federal del Trabajo determina multas para las empresas que van desde 26,767 pesos hasta 535,350 pesos, equivalentes a entre 250 y 5 mil unidades de salario mínimo.

Lo anterior debido a que según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de los 35 países que la conforman, México es el país que más horas trabaja al año: 2,148 horas en promedio, hasta 2018. Muy por encima de la media de 1,734 horas.

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