Juez otorgó este diez de mayo suspensión provisional con efectos generales a las nuevas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, según el expediente de suspensión 940/2021.

Fue el juez segundo, Juan Pablo Gómez Fierro, de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones quien otorgó la suspensión provisional.

El juez suspendió a los artículos 57, cuarto y sexto transitorio de la Ley de Hidrocarburos.

El artículo 57 establece que la autoridad que expidió permiso para operar hidrocarburos podrá llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión para garantizar los intereses de la nación.

Agrega que la autoridad podrá contratar a empresas productivas del Estado para el manejo y control de las instalaciones de las que se intervinieron, ocuparon o suspendieron.

El cuarto le da facultad competente la revocación de permisos que incumplan con el requisito de almacenamiento que determine la Secretaría de Energía.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *