El diputado Omar Bazán Flores, dio a conocer que se busca sancionar a todas aquellas personas que maliciosamente usan láseres para apuntarlos a personas conductores o bien a vehículos aéreos o terrestres, lo que representa un grave riesgo a la seguridad.

Por medio de un boletín informativo, dijo que «En Chihuahua se han registrado incidentes con punteros láser de alta potencia los cuales apuntan a la cabina de vuelo, tripulaciones han reportado que, al arribar a aeropuertos locales, en aproximación final por las pistas, son afectados con punteros láser», agregando que «aunque sin consecuencias graves, por el momento, a nivel estatal se debe trabajar en tipificar la acción».

Las autoridades aeronáuticas a nivel mundial realizan campañas para frenar este delito, en Estados Unidos está tipificado como intento de ‘asesinato’ el cual puede alcanzar una multa de hasta 250 mil dólares y a quien sorprendan haciéndolo, puede llegar a pasar hasta 5 años de cárcel.

Notando el riesgo que representan estas acciones como la distracción por el deslumbramiento, hacen que un piloto por la noche durante un aterrizaje o un despegue se distraiga, pierda la concentración, o hasta puede llegar a tener ceguera temporal, poniendo así en peligro la vida de todas las personas que están la aeronave, que hasta podría ser un peligro para las personas que están en tierra.

Es necesario crear conciencia, sobre todo en las niñas, niños y adolescentes debido a que lanzar luces nocturnas hacia ésta y otras aeronaves cuando se encuentran en el aire, puede resultar riesgoso tanto para la tripulación como para las personas que se encuentran en tierra.

Con todo esto, indicó «quizá llegó el momento de empezar a regular las ventas de láseres al igual que las pistolas, por lo que he propuesto reformar el Código Penal del Estado de Chihuahua, a fin de que se adicione un inciso III en el Artículo 325, con la finalidad de sancionar a quien use artefactos luminosos o láseres dirigidos a vehículos aéreos o terrestres en movimiento o cuando éste se encuentra en vuelo, para quedar redactados de la siguiente manera:

Artículo 325. ….
I. al II. ….
III.- Evitar usar artefactos luminosos o láseres dirigidos a vehículos aéreos o terrestres en movimiento o cuando éste se encuentra en vuelo, ya que puede afectar al piloto y la vigilancia o rescate de personas lesionadas.»

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